Nuestros clientes a menudo acuden a nuestra consulta con ciertas dudas e inquietudes sobre en qué consiste la psicoterapia. Por ello, vamos a explicar de manera sencilla qué es y cómo se regula.
El objetivo de la psicoterapia en un sentido amplio es promover el cambio en la conducta, los pensamientos o las emociones de la persona que lo solicita (paciente, cliente…) mediante la aplicación de técnicas psicológicas avaladas por la investigación científica, de forma que se sienta más capaz de afrontar sus retos personales, familiares, escolares, profesionales, etc… Por lo tanto, es un tratamiento en el sentido de que busca eliminar un malestar, en este caso psicológico, pero que puede tener también su manifestación física en forma de dolores, molestias o sensaciones corporales.
¿Por qué acudir a psicoterapia?
En la mayoría de los casos, la persona acude solicitando psicoterapia, viene con una sensación de impotencia, desesperanza, incapacidad para responder a las demandas en el ámbito personal, escolar, laboral o familiar, y de no poder solucionar su malestar por sí mismo. Este malestar se puede manifestar en síntomas concretos, por ejemplo: bajo estado de ánimo, dificultades para regular sus emociones, preocupaciones constantes, obsesiones, miedos, agitación o ansiedad elevada, impulsividad, dificultades en las relaciones personales, falta de energía para afrontar el día a día, molestias musculares o gastrointestinales, insomnio, etc …
También acuden a psicoterapia personas acompañadas por sus padres, madres o tutores legales por ser menores, por los mismos motivos que hemos comentado: malestar psicológico, dificultades en las relaciones personales o en algún ámbito de su vida.
En resumen, son muchos los motivos por los que una persona puede considerar que ella misma o un familiar, necesita psicoterapia.
¿Qué es un psicoterapeuta y dónde ejerce su profesión?
El proceso de psicoterapia se lleva a cabo entre un usuario (paciente o cliente) y un profesional licenciado o graduado en Psicología, colegiado en el Colegio Oficial de Psicólogos y en posesión de su respectiva especialización y habilitación profesional para trabajar en el ámbito de la salud mental (ley 44/2003, de 21 de noviembre, de Ordenación de las Profesiones Sanitarias; Ley 33/2011, 4 de octubre, General de Salud Pública), por dos vías:
– Psicólogo Sanitario, especializado vía Máster en Psicología General Sanitaria.
– Psicólogo Clínico, especializado a través de programa formativo Psicólogo Interno Residente (PIR) en el Sistema Nacional de Salud (SNS)
Por lo tanto, al ser una actividad sanitaria, se realiza en un centro sanitario (público o privado), debidamente registrado en la Comunidad Autónoma de referencia. Actualmente, la psicoterapia en España está accesible a través del SNS (existen iniciativas recientes para su ampliación a atención primaria con determinados programas terapéuticos en grupo), y a nivel privado en centros y consultas de Psicología y Psicoterapia.
¿Qué derechos amparan al cliente?
Como cualquier para cualquier usuario de un servicio sanitario, sus derechos están recogidos en la Ley 41/2002, de 14 de noviembre (básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica); la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD); ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, etc…
Por su parte, el psicólogo, al pertenecer al Colegio Oficial de Psicólogos, suscribe su código deontológico, que garantiza el ejercicio responsable de la profesión, como establece la Ley de Colegios Profesionales.
Fuentes recomendadas:
Colegio Oficial de Psicólogos de Madrid
Ley 41/2002, de 14 de noviembre
Irene de Miranda Reynés
Directora IDEM Psicología y Terapia